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INFORMACIÓN SOBRE LAS SOLICITUDES DE COMUNICACIONES

DIGEMID a través del comunicado publicado el 11 de julio de 2019 en su Portal Institucional; informa que el Artículo 22° del Decreto Supremo N° 016-2019-SA, modificatoria del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, establece que; los cambios detallados a continuación procederán automáticamente, no siendo necesario que la Autoridad emita pronunciamiento alguno:

  • Cambios de nombre comercial, razón social y representantes legales del establecimiento farmacéutico,
  • Cambios de horarios de labor del Director Técnico, del Químico Farmacéutico Asistente o Jefaturas,
  • Cambio de dirección de oficina a administrativa,
  • Otras que defina la autoridad

Fuente: DIGEMID

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