Los días 25 y 27 de noviembre de 2019, Rosa Campos Yaipén, nuestra Especialista en Asuntos Regulatorios y Farmacovigilancia; asistió en representación de SCR Consultores sede Perú a la conferencia “Aspectos Claves para la Inscripción y Reinscripción de Productos Biológicos” organizada por el Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima; la cual contó con la presencia de la Médico Patricia Socualaya Sotomayor, Evaluadora Clínica del Área de Eficacia, Seguridad y Calidad (AESC) de la DIGEMID y el Q. F. Bruno Carnovale, Asociado Senior en Farmacovigilancia para Latinoamérica en Bristol-Myers Squibb, como ponentes del evento.

La reunión técnica tuvo como objetivo brindar alcances generales sobre los requisitos relacionados a la seguridad y eficacia de Productos Biológicos (Estudios clínicos, pre-clínicos y Plan de Gestión de Riesgos) que se presentan en las solicitudes de Inscripción y Reinscripción de este tipo de productos farmacéuticos para la obtención del Registro Sanitario en Perú.

Los alcances de esta conferencia fueron los siguientes:

  • Los productos biológicos son un tipo de productos farmacéuticos con características específicas (alto peso molecular, heterogeneidad, y estructura compleja) que hacen que se diferencien de los productos farmacéuticos de síntesis química principalmente en la complejidad de su manufactura. Por lo que resulta importante realizar una análisis minucioso y diferenciado de la calidad, seguridad y eficacia de cada uno de este tipo de productos al momento de su inscripción y/o reinscripción en el registro sanitario; así como establecer un monitoreo post-comercialización con la finalidad de asegurar que se mantenga su perfil de calidad, seguridad y eficacia.
  • En ese sentido, el proceso de revisión de los requisitos relacionados a la seguridad y eficacia de los productos biológicos por DIGEMID es realizada por un área especializada conformada por un equipo de profesionales con experiencia en esos temas. Es así que, cuando se presenta la documentación para la solicitud inscripción y/o reinscripción en el registro sanitario de productos biológicos ante DIGEMID en formato CTD, los módulos 4 y 5 que contienen los aspectos pre-clínicos y clínicos del producto son remitidos al área de eficacia, seguridad y calidad (AESC) de la DIGEMID para su opinión técnica, siendo ésta emitida a través de un dictamen que consiste en un informe detallado de la evaluación y pronunciamiento del área sobre el producto a registrar.

El informe mencionado consta de dos partes:

  • En la primera se realiza la identificación del producto en evaluación, el cual, en caso se trate de un producto biosimilar también se identificará al producto de referencia;
  • Mientras que en la segunda parte se detalla la evaluación realizada por el personal evaluador en la que se hace referencia a datos epidemiológicos de Perú, en especial si se tratan de vacunas; información del estado del registro sanitario del producto en el País de Alta Vigilancia Sanitaria (PAVS) y en otros países; y estudios pre-clínicos y clínicos del producto que se encuentran en base de datos internacionales.

De manera general, con respecto al análisis de los estudios clínicos del producto a registrar, es importante conocer el marco regulatorio en el cual se autorizaron los estudios a fin de establecer bajo que recomendaciones internacionales se analizarán (FDA, ICH entre otros). No obstante, se debe verificar que el estudio clínico se encuentre registrado en la base de datos del Clinical Trade o en la base de datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), además de que el informe final del estudio debe estar acorde con el protocolo final del mismo; cabe señalar que no es relevante la antigüedad de los estudios clínicos que son sometidos a la autoridad siempre que la información que se presente sea la más actualizada. La evaluación de los estudios clínicos presentados se basará en la clasificación de productos biológicos dispuesta en la normativa de medicamentos de Perú; es decir si los mencionados estudios clínicos han sido presentados para la inscripción y/o reinscripción en el registro sanitario de productos biotecnológicos o de productos biosimilares; siendo que para los productos biotecnológicos se utilizaran principalmente los lineamientos de eficacia de la ICH sobre ensayos clínicos (E2A-E2F, E3, E4, E5, E6 (R1), E7, E8, E9, E10, E11 y demás), el documento de Buenas Prácticas Clínicas para las Américas y las guías de la EMA. Cabe señalar que existen guías ICH enfocadas a un tipo de producto como la guía E14 que está orientada a medicamentos cardiovasculares. Para el caso de los productos biosimilares se revisarán los lineamientos de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) que tiene guías específicas para la presentación de estudios clínicos en este tipo de productos; así como la guía para evaluación de biosimilares emitida en el 2009 por la OMS, y la guía emitida en el 2011 por la Red Panamericana para la Armonización de la Reglamentación Farmacéutica (PARF); cabe mencionar que para la evaluación de un producto biosimilar a manera general se aplica el ejercicio de comparabilidad puesto que el producto de referencia ya comprobó la seguridad y eficacia de la molécula biológica a registrar.

En referencia a la evaluación de los estudios pre-clínicos se deberá tener en consideración los lineamientos sobre eficacia establecidos en las guías ICH (S1A-S1C referidos a los estudios de carcinogenicidad y sobre todo la guía S6 que contempla todo lo referente a la seguridad pre-clínica para productos biotecnológicos). Es importante mencionar que la presentación de estudios pre-clínicos sólo es aplicable para la inscripción y/o reinscripción de los productos biotecnológicos.

Además de los estudios pre-clínicos y clínicos, de acuerdo a la normativa de medicamentos de Perú, se debe presentar como requisito para la inscripción y/o reinscripción de productos biológicos un documento denominado Plan de Gestión de Riesgos (PGR), cuyo contenido esta normado por la Resolución Ministerial N° 976-2019 y su Anexo publicado el 12 de setiembre del 2019 en Perú; en el cual se detallan algunos acápites específicos para productos biotecnológicos y biosimilares como por ejemplo en el que se hace referencia a las actividades adicionales de farmacovigilancia relacionadas a la inmunogenicidad del producto. Para la elaboración de este tipo de documento se debe implementar un Sistema de Gestión de Riesgos, el cual es desarrollado principalmente por el fabricante y/o titular del registro sanitario mundial de un producto biológico y que se plasma en un Plan de Gestión de Riesgos Global, que puede ser customizado al requerimiento de cada país.

Un PGR contiene principalmente las medidas o actividades de minimización de riesgos, las cuales son intervenciones de salud pública que promueven el uso seguro de los productos y que se establecen según los riesgos identificados importantes (Reacciones Adversas que tienen evidencia científica para la relación medicamento-reacción adversa), los riesgos potenciales importantes (Reacciones Adversas que no tienen evidencia científica para la relación medicamento-reacción adversa) y la información faltante (población que no ha sido estudiada en la etapa clínica del desarrollo del producto) de cada producto biológico. Para ello, previamente se debe elaborar un Plan de Farmacovigilancia en el que se detallan las actividades de farmacovigilancia de rutina y adicionales que se realizan para establecer el Plan de Minimización de Riesgos, entiéndase como actividades de farmacovigilancia de rutina a los reportes de sospecha de reacción adversa (Farmacovigilancia Pasiva) y a las actividades de farmacovigilancia adicionales como las que se realizan para caracterizar, cuantificar riesgos de reacciones adversas serias o clínicamente relevantes e identificar nuevas reacciones adversas (Farmacovigilancia activa). Asimismo, las medidas trazadas en el Plan de minimización de riesgos se clasifican en medidas de minimización de riesgos de rutina y adicionales, siendo que las primeras consisten en la comunicación de las reacciones adversas a través de la ficha técnica e inserto del producto y las segundas consisten en amplificar el conocimiento sobre los riesgos importantes de reacciones adversas inmunorelacionadas y su manejo apropiado a través de material educativo a médicos y pacientes.

Q. F. Bruno Carnovale, Asociado Senior en Farmacovigilancia para Latinoamérica en Bristol-Myers Squibb

Por lo mencionado anteriormente, la presentación de estos requisitos relacionadas al ámbito clínico en las solicitudes de inscripción y/o reinscripción de productos biológicos supone un reto para los titulares de registro sanitario y para DIGEMID pues requiere de un conocimiento clínico amplio que no sólo deberá ser teórico sino también práctico; en especial porque certificar la eficacia y seguridad de los productos biológicos afecta principalmente la calidad de vida de la población que los utiliza y en consecuencia la salud pública, sobre todo si se tratan de productos biológicos que forman parte de estrategias sanitarias del Perú.

Autor

SCR Consultores

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