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Directiva Administrativa que establece el procedimiento para el suministro de datos al Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos de los Bienes Esenciales para el manejo del COVID-19

El MINSA a través de la Resolución Ministerial Nº 367-2020-MINSA, publicada el 6 de junio del 2020 en el Diario Oficial “El Peruano”, aprobó la “Directiva Administrativa que establece el procedimiento para el suministro de datos al Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos de los Bienes Esenciales para el manejo del COVID-19 incluidos en el Listado aprobado en la R.M. Nº 315-2020-MINSA”.

La Directiva mencionada es de aplicación obligatoria para todos los establecimientos farmacéuticos (laboratorio, droguería, farmacia, botica y farmacia del establecimiento de salud) públicos y privados que operan en el país, importan, fabrican, almacenan, distribuyan, comercializan, dispensan y/o expendan, los bienes esenciales para el manejo y tratamiento del COVID-19.

 Fuente: Diario Oficial “El Peruano”

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