Opcion 3 1

El Ministerio de Salud a través de la Resolución Ministerial Nº 680-2021/MINSA, publicada el 30 de mayo del 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, modificó lo siguiente:

  1. El Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 1053-2020/MINSA, a fin de asegurar la implementación progresiva y el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Farmacovigilancia; siendo que las verificaciones del cumplimiento de la misma, así como la presentación de solicitudes para la respectiva certificación, iniciarán a partir del 22 de marzo del 2022.
  1. Los numerales 6.2.5.13 y 6.2.6.3 del Documento Técnico: “Manual de Buenas Prácticas de Farmacovigilancia”.


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SCR Consultores

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