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Reglamento para el Registro Sanitario Condicional de Medicamentos y Productos Biológicos

La Presidencia de la República a través del D.S. Nº 002-2021-SA, publicado el 10 de enero del 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, aprobó el “Reglamento para el Registro Sanitario Condicional de Medicamentos y Productos Biológicos”, el cual entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

El citado Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias del artículo 8 de La Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, modificado por la Ley N° 31091, para regular el registro sanitario condicional de medicamentos y productos biológicos con estudios clínicos en fase III.

Para mayor información, visite en el enlace de la fuente de referencia.

Fuente de referencia: Click aqui

Fuente: Diario El Peruano

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